Manual
para escuelas de servicio social y trabajadores sociales profesionales |
NACIONES UNIDAS
E.94-15163 (S)
NOTA
Las denominaciones empleadas en esta publicación y
la forma en que aparecen presentados los datos que contiene no implican, de
parte de la Secretaría de las Naciones Unidas, juicio alguno sobre la condición
jurídica de países, territorios, ciudades o zonas, o de sus autoridades, ni
respecto de la delimitación de sus fronteras o límites.
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El material contenido en esta serie puede citarse o
reproducirse libremente, a condición de que se mencione su procedencia y se
envíe un ejemplar de la publicación que contenga el material reproducido a las
Naciones Unidas, Centro de Derechos Humanos, 1211 Ginebra 10, Suiza.
PREFACIO
Durante muchos años el Centro de Derechos Humanos
de las Naciones Unidas ha participado en la promoción y la protección de los
derechos humanos mediante la elaboración de programas de capacitación e
información. Esos programas se destinan específicamente a los grupos que están
en condiciones de influir en la situación de los derechos humanos en el ámbito
nacional: parlamentarios, legisladores, jueces, abogados, fiscales, policías,
funcionarios de prisiones y militares, profesores, personas que trabajan en los
medios de información y miembros de organizaciones no gubernamentales. La
reciente ampliación de esos programas ha llevado al Centro a extender su acción
a otras profesiones decisivas, como la salud y el trabajo social.
Los programas de formación del Centro en materia de
derechos humanos están dirigidos por expertos de reconocida competencia, tanto
teórica como práctica, en cada esfera pertinente. En la medida de lo posible se
adopta un método colegiado, que permite a los participantes recibir instrucción
y orientación de miembros de su propia profesión. Se hace hincapié en métodos
de enseñanza creativos e interactivos, que son los más idóneos para la
participación activa y comprometida de los participantes en los programas.
Como parte de sus esfuerzos para adaptar los cursos
a cada sector, el Centro está elaborando una serie de manuales de formación
para uso de los instructores y los participantes. Cada manual contendrá las
normas internacionales de derechos humanos pertinentes para loa alumnos de que
se trate, así como consejos detallados sobre las técnicas pedagógicas adecuadas
para comunicar esa información. Se espera que, además de servir para
intensificar los esfuerzos del Centro en materia de formación, los manuales
constituyan un recurso valioso para las organizaciones y las personas que
participan en la enseñanza de los derechos humanos en todos los niveles.
El Manual para escuelas de servicio social y
trabajadores sociales profesionales, publicado por primera vez en 1992, es
el primero de esta ambiciosa serie y lo ha preparado el Centro de Derechos
Humanos en colaboración con dos organizaciones no gubernamentales, la
Federación Internacional de Trabajadores Sociales y la Asociación Internacional
de Escuelas de Servicio Social. El Manual tiene por finalidad específica
contribuir a que este importante grupo profesional conozca y comprenda los
derechos humanos y los mecanismos internacionales que se han elaborado para
protegerlos.
Es evidente que queda mucho por hacer para informar
a todo el mundo acerca de los derechos humanos fundamentales que deben respetar
en los demás y a los que cada uno tiene derecho. Se trata de una tarea enorme
que exigirá un esfuerzo y una consagración generales. El Manual para
escuelas de servicio social y trabajadores sociales profesionales
constituye un paso importante en este esfuerzo decisivo.
Ibrahima Fall
Subsecretario General de Derechos Humanos
Director del Centro de Derechos Humanos
EXPRESIONES DE RECONOCIMIENTO
Han colaborado en la redacción del presente
documento:
Bamford, Terry
Comisión de
Derechos Humanos de la Federación Internacional de Trabajadores Sociales
Dolan, Paul
Federación
Internacional de Trabajadores Sociales
Envall, Elis
Comisión de
Derechos Humanos de la Federación Internacional de Trabajadores Sociales
Gilchrist-James, Gayle
Federación
Internacional de Trabajadores Sociales
Hall, Nigel
Comisión de
Derechos Humanos de la Federación Internacional de Trabajadores
Sociales/Asociación Internacional de Escuelas de Servicio Social
Jakobsson, Harriet
Asociación
Nórdica de Escuelas de Servicio Social
Mehta, Vera D.
Asociación
Internacional de Escuelas de Servicio Social
Molina Molina, María Lorena
Asociación
Internacional de Escuelas de Servicio Social
Mouravieff Apostol, Ellen
Federación
Internacional de Trabajadores Sociales
Serrano Balais, Evelyne
Comisión de
Derechos Humanos de la Federación Internacional de Trabajadores Sociales
Van Soest, Dorothy
Federación Internacional
de Trabajadores Sociales/Asociación Internacional de Escuelas de Servicio
Social
El Grupo contó con la asistencia de funcionarios de
la Subdivisión de Servicios de Asesoramiento, Asistencia Técnica e Información
del Centro de Derechos Humanos de las Naciones Unidas y de la División de los
Derechos Humanos y la Paz de la UNESCO.
INDICE
PREFACIO 3
EXPRESIONES DE RECONOCIMIENTO 4
SIGLAS 14
Parte I
TRABAJO SOCIAL Y DERECHOS HUMANOS 15
I. EXPOSICION DE MOTIVOS 15
A. Finalidad del Manual 15
B. Usos del Manual 15
C. ¿Qué derechos son derechos humanos? 17
D. ¿Qué es el trabajo social? 18
E. El trabajo social y los derechos humanos 20
F. Contexto 21
A. Finalidad del Manual 15
B. Usos del Manual 15
C. ¿Qué derechos son derechos humanos? 17
D. ¿Qué es el trabajo social? 18
E. El trabajo social y los derechos humanos 20
F. Contexto 21
II. EVOLUCION HISTORICA Y VALORES FILOSOFICOS 23
A. Evolución conceptual de los derechos humanos 23
B. Valores filosóficos 24
B. Valores filosóficos 24
1. La vida 25
2. La libertad en sus diversos aspectos 25
3. La igualdad y la no discriminación 26
4. La justicia 27
5. La solidaridad 27
6. La responsabilidad social 28
7. Evolución, paz y no violencia 28
8. Relaciones entre la humanidad y la naturaleza 29
Parte II
INSTRUMENTOS BASICOS DE DERECHOS HUMANOS 30
I. INTRODUCCION 30
II. ESTABLECIMIENTO DE NORMAS POR LAS NACIONES
UNIDAS:
DECLARACIONES Y CONVENCIONES 30
III. INSTRUMENTOS BASICOS SOBRE DERECHOS HUMANOS 31
A. Instrumentos que brindan protección general 31
1. Carta de las Naciones Unidas (1945) 31
2. Declaración Universal de Derechos Humanos (1948)
31
3. Los Pactos Internacionales de Derechos Humanos
(1966) 31
B. Instrumentos que brindan una protección especial
33
1. Convención Internacional sobre la Eliminación de
todas las Formas de Discriminación Racial (1965) 33
2. Convención sobre la eliminación de todas las
formas
de discriminación contra la mujer (1979) 33
3. Convención contra la Tortura y Otros Tratos o
Penas
Crueles, Inhumanos o Degradantes (1984) 34
4. Convención sobre los Derechos del Niño (1989) 35
5. Convención internacional sobre la protección de
los
derechos de todos los trabajadores migratorios y de
sus familiares (1990) 36
C. Normas relativas a la detención y el tratamiento
de los
delincuentes 36
1. Reglas mínimas para el tratamiento de los
reclusos 36
2. Principios de ética médica (1982) 36
3. Reglas mínimas de las Naciones Unidas para la
administración de la justicia de menores (1985) 37
D. Organismos especializados 37
1. Organización Internacional del Trabajo 37
2. Organización de las Naciones Unidas para la
Educación,
la Ciencia y la Cultura 38
3. Organización Mundial de la Salud 39
E. Organos de las Naciones Unidas 39
1. Oficina del Alto Comisionado de las Naciones
Unidas para los Refugiados 39
2. Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia 41
3. Programa de las Naciones Unidas para el Medio
Ambiente 41
F. Organos de las Naciones Unidas que se ocupan de
los derechos humanos 42
1. Asamblea General y órganos subsidiarios 42
2. Consejo Económico y Social y órganos
subsidiarios 42
a) Comisión de Derechos Humanos 42
b) Subcomisión de Prevención de Discriminaciones y
Protección a las Minorías 43
c) Comisión de la condición jurídica y social de la
mujer 44
3. Centro de Derechos Humanos 45
G. Mecanismos de aplicación 45
1. Comité de Derechos Humanos 45
2. Comité de Derechos Económicos, Sociales y
Culturales 45
3. Comité para la Eliminación de la Discriminación
Racial 45
4. Comité para la Eliminación de la Discriminación
contra la Mujer 45
5. Comité contra la Tortura 46
6. Comité de los Derechos del Niño 46
H. Instrumentos regionales de derechos humanos 47
1. Africa 47
a) Carta de la Organización de la Unidad Africana
(1963) 47
b) Carta Africana de Derechos Humanos y de los
Pueblos (1981) 47
c) Comisión Africana de Derechos Humanos y de los
Pueblos 47
2. Las Américas 48
a) Carta de la Organización de los Estados
Americanos -Declaración Americana de los
Derechos y Deberes del Hombre (1948) 48
b) Convención Americana sobre Derechos Humanos
(1969) 48
c) Organos de supervisión 48
i) Comisión Interamericana de Derechos Humanos 48
ii) Corte Interamericana de Derechos Humanos 49
3. Europa 49
a) Convenio Europeo de Derechos Humanos (1950) 49
b) Carta Social Europea (1961) 49
c) Conferencia sobre la Seguridad y la Cooperación
en Europa 49
d) Tribunal Europeo de Derechos Humanos 50
I. Otros instrumentos de derechos humanos 50
1. Declaración sobre el Derecho al Desarrollo
(1986) 50
2. Declaración sobre la eliminación de todas las
formas de intolerancia religiosa (1981) 50
3. Declaración sobre la protección de la mujer y el
niño en estados de emergencia o de conflicto
armado (1974) 50
4. Declaración de los Derechos del Retrasado Mental
(1971) 51
J. Instrumentos jurídicos no promulgados por las
Naciones Unidas 51
K. Instrumentos en preparación 51
Parte III
ASUNTOS PRACTICOS 52
I. INTRODUCCION 52
II. PROBLEMAS: DETERMINACION Y RESPUESTA 52
A. Determinación de los problemas 52
B. Respuesta a los problemas 52
III. EJEMPLOS DE UTILIZACION DEL MARCO CONCEPTUAL
53
A. Ejemplos de dicotomía conceptual 53
B. Preguntas para su debate por los alumnos 53
IV. TEMAS 53
A. Temas genéricos 54
1. Pobreza 54
2. Discriminación sexual 56
3. Racismo 57
4. Religión 59
5. Medio ambiente y desarrollo 61
B. Grupos vulnerables 63
1. Niños 63
2. Mujeres 65
3. Personas de edad avanzada 67
4. Personas discapacitadas 69
5. Reclusos, incluidas las personas confinadas 71
6. Refugiados 73
7. Migrantes 75
V. ALGUNOS DE LOS DILEMAS CON QUE TROPIEZAN LOS
TRABAJADORES
SOCIALES 76
A. Introducción 76
B. Preguntas 77
C. Conclusión 79
VI. CUESTIONES QUE SE PLANTEAN EN LA ENSEÑANZA Y EL
APRENDIZAJE DE LOS DERECHOS HUMANOS 79
A. Reconocimiento de las cuestiones de derechos
humanos 80
B. Análisis 80
C. Respuesta a las cuestiones de derechos humanos
80
1. Reconocimiento 80
2. Fijación de prioridades 81
D. Grupos de referencia para el trabajador social
81
E. Evaluación 82
F. Medidas de seguimiento 82
G. Reconocimiento de las consecuencias de las
actividades en materia de derechos humanos 83
H. Mantenimiento del perfil de las actividades en
pro de los derechos humanos en el trabajo social 84
I. Labor sobre el terreno 85
J. Investigación 86
K. Actividades dentro de estrategias de
intervención para los desfavorecidos en materia de derechos humanos 87
VII. VIÑETAS DE CASOS 87
A. Caso Nº 1. La historia de Simba 88
B. Caso Nº 2. La historia de Hasán 88
C. Caso Nº 3. El caso de la Sra. D. 89
D. Caso Nº 4. Una huelga 90
E. Caso Nº 5. La historia de Gemma 90
F. Caso Nº 6. Cómo tratar la
"defectología" 91
G. Caso Nº 7. La historia de Ganga 91
H. Caso Nº 8. La historia de la familia
"X" 92
CONCLUSION 92
Anexos
I. Federación Internacional de Trabajadores
Sociales 95
II. Asociación Internacional de Escuelas de
Servicio Social 97
III. Declaración Universal de Derechos Humanos 99
IV. Pacto Internacional de Derechos Económicos,
Sociales y
Culturales 106
V. Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos
117
BIBLIOGRAFIA SELECTA 141
SIGLAS
ACNUR
Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados
AIESS
Asociación Internacional de Escuelas de Servicio Social
Banco
Mundial Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento
CSCE Conferencia
sobre la Seguridad y la Cooperación en Europa
OEA Organización de los Estados Americanos
OIT
Organización Internacional del Trabajo
OMS
Organización Mundial de la Salud
OUA
Organización de la Unidad Africana
PNUMA
Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente
UNESCO
Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura
UNICEF Fondo
de las Naciones Unidas para la Infancia
Parte I
TRABAJO SOCIAL Y DERECHOS HUMANOS
I. EXPOSICION DE MOTIVOS
A. Finalidad del Manual
1. El presente Manual tiene por finalidad que los
estudiantes de servicio social, el personal docente y los trabajadores sociales
en ejercicio conozcan y comprendan las cuestiones de derechos humanos, y la
preocupación por la justicia social. En todo el Manual la expresión
"derechos humanos" se utiliza para manifestar la idea de la totalidad
de los derechos reconocidos por las Naciones Unidas.
2. La Federación Internacional de Trabajadores
Sociales y la Asociación Internacional de Escuelas de Servicio Social (AIESS)
consideran imperativo que las personas que participan en la enseñanza y la
práctica del servicio social se comprometan claramente y sin reservas con la
promoción y la protección de los derechos humanos y con la satisfacción de las
aspiraciones sociales fundamentales. Por ello, el Manual se ha concebido de
forma que contenga un material y una información amplios, y sea útil como obra
de consulta y para la enseñanza. También debe ayudar a los trabajadores
sociales profesionales a familiarizarse con los instrumentos vigentes de
derechos humanos, tanto internacionales como regionales.
3. Aunque cabría decir que "desde sus
comienzos el servicio social ha sido una profesión de derechos humanos, al
tener como principio fundamental el valor intrínseco de todo ser humano y como
uno de sus objetivos principales el fomento de estructuras sociales equitativas
capaces de ofrecer a las personas seguridad y desarrollo manteniendo su
dignidad" /, la Federación Internacional de Trabajadores Sociales y la
Asociación Internacional de Escuelas de Servicio Social creen que un mayor
conocimiento y una mayor comprensión de los derechos humanos mejorarán la
actuación y las intervenciones de los trabajadores sociales profesionales en
beneficio de quienes necesitan sus servicios.
4. Los trabajadores sociales actúan con sus
clientes en diversos niveles: el micronivel del individuo y la familia; el
mediano nivel de la comunidad; y el macronivel de la sociedad, tanto nacional
como internacional. Los trabajadores sociales deben manifestar su preocupación
por los derechos humanos a todos los niveles y en todo momento. La finalidad de
este Manual es ofrecer esa perspectiva.
B. Usos del Manual
5. El material que contiene el Manual resulta
apropiado para todos los niveles de enseñanza de trabajo social profesional,
incluida la educación permanente de quienes se dedican a él. Por consiguiente,
el público al que se destina el Manual es muy diverso: profesores, estudiantes
y trabajadores
sociales en ejercicio. Sin embargo, el contenido del
Manual, naturalmente, puede adaptarse según convenga para la educación de otros
profesionales y voluntarios de los servicios humanos.
6. El material puede utilizarse de múltiples
formas. Se podría introducir en las escuelas de servicio social un curso facultativo
u obligatorio de derechos humanos en el que se utilice el Manual como guía para
los profesores y texto para los estudiantes. El material se podría adaptar
también a un curso práctico o un seminario, o a un cursillo de educación
permanente. Otro método de utilizar el material podría ser introducir parte del
contenido de derechos humanos en cursos ya existentes, en el marco de los
cursos fundamentales obligatorios de las escuelas de servicio social. Esto
supondría encontrar formas de integrar la enseñanza de los derechos humanos con
cuestiones prácticas, tanto dentro de las microfunciones del servicio social
(práctica directa) como de las macrofunciones (por ejemplo, defensa de
políticas, investigación, acción social, concienciación). El sentido de este
método es enriquecer el contenido de los programas de estudios mediante la
adición de conceptos y cometidos específicos de derechos humanos. Al incorporar
elementos de derechos humanos en los cursos de servicio social se alentará a
los profesores y los estudiantes a examinar el mundo y su función en él a
través del prisma de la justicia social.
7. Se alienta decididamente a las escuelas de
servicio social a encontrar formas creativas de incorporar el estudio de los
derechos humanos en sus programas. Algunas escuelas podrán ofrecer un curso
facultativo separado, otras exigir a sus alumnos que sigan un curso de derechos
humanos y otras introducir el estudio de los derechos humanos en todos sus
cursos fundamentales obligatorios. Esos métodos no tienen por qué excluirse
mutuamente, ya que cada uno de ellos tiene ventajas y desventajas. Un curso
especial sobre derechos humanos ofrecerá la posibilidad de estudiar a fondo las
cuestiones de derechos humanos en su relación con el trabajo social. Ahora
bien, si el curso es facultativo, sólo se llegará a los alumnos seleccionados
para seguirlo. La introducción del estudio de los derechos humanos en todos los
cursos fundamentales tiene la ventaja de que permite llegar a todos los
estudiantes, lo mismo que ocurre con cualquier curso obligatorio; además, así
se demostrará la interconexión de los derechos humanos con todas las formas y
situaciones de la práctica del trabajo social en su miríada de manifestaciones.
La incorporación de los derechos humanos en programas saturados supone muchos
desafíos. Será preciso aumentar la dedicación y los conocimientos de los
profesores.
8. Sea cual fuere la forma en que se utilice el
material del programa de estudios de derechos humanos, es esencial que los
principios, la enseñanza y la estructura del proceso educativo, así como su
contenido, reflejen las dimensiones de los derechos humanos y la justicia
social. Con respecto al proceso de aprendizaje, hay cuatro grandes esferas que
exigen atención. En primer lugar, los principios y la misión de las escuelas,
que han de ser explícitos y deben impregnar e inspirar visiblemente el proceso
de aprendizaje. En segundo lugar, la estructura de las escuelas, que debe
reflejar, por una parte, las preocupaciones en materia de derechos humanos desde
el punto de vista de las políticas, los procedimientos y los factores de
organización relacionados con el ingreso, el asesoramiento, la clasificación y
la evaluación de los estudiantes y, por la otra, las cuestiones que afectan al
personal docente, como los métodos de contratación, las evaluaciones y los
ascensos. Es imperativo que la estructura institucional rechace el sexismo, el
racismo, la opresión religiosa y otras formas de opresión si se aspira a que el
programa de estudios tenga una auténtica perspectiva de derechos humanos. La
tercera esfera es la de las relaciones entre los estudiantes y el personal
docente. Es importante crear un ambiente de apertura en el aula, para
desarrollar el sentido de la igualdad entre los estudiantes y entre éstos y el
personal docente. Igual de importancia tiene utilizar métodos de enseñanza y
aprendizaje que ayuden a los alumnos a capacitarse para trabajar como
defensores de la justicia social. En resumen, si se aspira a enseñar derechos
humanos, hay que respetar y defender los derechos de los estudiantes. La cuarta
esfera de atención tiene que ver con los métodos de trabajo social que se
enseñan en las aulas. Si se aspira a crear un compromiso con los derechos
humanos, también los métodos de enseñanza del trabajo social deben defender
esos derechos.
9. El desafío para la enseñanza del trabajo social
aumenta a medida que en los programas de enseñanza se pasa a explicitar el
vínculo indivisible entre el trabajo social y los derechos humanos. Los
materiales de este Manual para un programa de estudios tienen por objeto
aportar recursos para responder con éxito a ese desafío.
C. ¿Qué derechos son derechos humanos?
10. En su publicación de 1987 "Derechos
Humanos: Preguntas y respuestas" las Naciones Unidas definen los
derechos humanos del siguiente modo:
"Cabría
definir, en general, los derechos humanos como los derechos que son inherentes
a nuestra naturaleza y sin los cuales no podemos vivir como seres humanos.
Los derechos
humanos y libertades fundamentales nos permiten desarrollar y emplear
cabalmente nuestras cualidades humanas, nuestra inteligencia, nuestro talento y
nuestra conciencia y satisfacer nuestras variadas necesidades, entre ellas las
necesidades espirituales. Se basan en una exigencia cada vez mayor de la humanidad
de una vida en la cual la dignidad y el valor inherentes de cada ser humano
reciban respecto y protección."
11. En la misma publicación se afirma lo siguiente:
"La
negación de los derechos humanos y libertades fundamentales no es sólo una
tragedia individual y personal, sino que además crea condiciones de
intranquilidad social y política, al lanzar semillas de violencia y de
conflictos entre las sociedades y las naciones y en el seno de cada una de
ellas. Como dice en su mismo comienzo la Declaración Universal de Derechos
Humanos, la libertad, la justicia y la paz en el mundo se basan en el respeto
de los derechos humanos y de la dignidad humana." /
12. Los derechos humanos son universales e
inherentes a todas las personas, sin discriminación. Es preciso defender en
todo momento el respeto de los derechos individuales, cualesquiera sean las
circunstancias o los sistemas políticos. Los derechos de determinado individuo
o grupo en determinada circunstancia deben restringirse únicamente cuando
pongan en peligro o menoscaben derechos análogos o comparables de otros.
13. Es importante examinar el concepto generalizado
de las tres generaciones de derechos humanos; la primera, denominada de
"derechos negativos", se compone de los derechos civiles y políticos
proclamados en los artículos 2 a 21 de la Declaración Universal de Derechos
Humanos. Son derechos encaminados a garantizar que no se menoscabe en nada la
libertad individual. La segunda generación de derechos humanos comprende los
derechos "positivos" (económicos, sociales y culturales) que se
hallan en los artículos 22 a 27 de la Declaración, encaminados a garantizar la
justicia social, la ausencia de privaciones y la participación en los aspectos
económicos, sociales y culturales de la vida. La tercera generación es la de
los derechos "colectivos" enunciados en estado embrionario en el
artículo 28 de la Declaración, que dice así: "Toda persona tiene derecho a
que se establezca un orden social e internacional en el que los derechos y
libertades proclamados en esta Declaración se hagan plenamente efectivos".
La evolución desde una posición defensiva contra la opresión hacia la
afirmación del derecho a la satisfacción de las necesidades humanas materiales
y no materiales y hacia una participación equitativa en la producción y
distribución de los recursos es el resultado lógico de una conciencia
sociopolítica y un desarrollo económico cada vez mayores, sobre todo, aunque no
exclusivamente, en los países industrializados. En los países en desarrollo,
las meras proporciones de la indigencia, y posiblemente de la explotación,
llevan a una visión colectiva del derecho al desarrollo social y económico que
supera el ámbito personal para extenderse a los ámbitos nacional y regional,
con un sistema de solidaridad internacional para el desarrollo como objetivo
último.
14. En un mundo cada vez más interdependiente, el
reconocimiento de la interdependencia de esas tres generaciones de derechos
humanos está adquiriendo impulso. Aunque los derechos humanos están consagrados
en instrumentos internacionales distintos, se considera que forman un todo.
Esta concepción debe completarse con una definición de los deberes humanos que
deben observarse al mismo tiempo que los derechos humanos. Es posible que no
falte mucho tiempo para que se proclame una carta de deberes humanos que
complemente el principio de la indivisibilidad de los derechos humanos, que
está cobrando impulso en este final del siglo XX.
D. ¿Qué es el trabajo social?
15. El trabajo social halla sus diversos orígenes
en los ideales humanitarios y democráticos. La práctica del trabajo social se
ha centrado, desde sus comienzos en la satisfacción de las necesidades humanas
y en el desarrollo del potencial y los recursos humanos. "El trabajo
social es una profesión dedicada y comprometida a efectuar cambios sociales en
la sociedad en general, y en las formas individuales de desarrollo dentro de
ella" /.
"Los
trabajadores sociales profesionales se consagran a fomentar el bienestar del
ser humano y a potenciar su realización, además de desarrollar y aplicar con
disciplina tanto los conocimientos científicos relativos a las actividades
humano-sociales como los recursos destinados a satisfacer las necesidades y las
aspiraciones de individuos y grupos nacionales e internacionales y al logro de
la justicia social." /
16. "Los trabajadores sociales se ocupan de
planificar, proyectar, calcular, aplicar, evaluar y modificar los servicios y
políticas sociales preventivos, para los grupos y comunidades. Actúan en muchos
sectores funcionales utilizando diversos enfoques metodológicos, trabajan en un
amplio marco de ámbitos organizativos y proporcionan servicios sociales a
diversos sectores de la población a nivel microsocial, social intermedio y
macrosocial" /. La enseñanza del trabajo social está orientada a promover
el desarrollo social y la calidad de la enseñanza, el aprendizaje y el
conocimiento en todo el mundo para la práctica del trabajo social, los
servicios sociales y las políticas de bienestar social /.
17. El trabajo social se realiza siempre en cinco
contextos que, si bien pueden analizarse por separado, forman parte de un todo.
Esos contextos son el geográfico, el político, el socioeconómico, el cultural y
el espiritual.
a) Contexto
geográfico. Toda práctica se efectúa dentro de determinadas fronteras, sean
las de un organismo, un país, un Estado o una región.
b) Contexto
político. Todo país tiene un sistema político, lo que crea un contexto para
la práctica tanto si el sistema es liberal como represivo, socialista, socialdemócrata
o capitalista.
c) Contexto
socioeconómico. Un nivel de vida, trabajo, salud y servicios y educación
suficiente y, si es posible, el acceso a la seguridad social y a los servicios
sociales son aspiraciones humanas básicas. La cohesión social de cualquier
grupo o nación depende, en gran medida, de una distribución equitativa de los
recursos disponibles.
d) Contexto
cultural. Se han de respetar los usos, creencias, aspiraciones y cultura de
los individuos, familias, grupos, comunidades y naciones, todo ello sin
perjuicio de la evolución de determinados usos y creencias. De lo contrario se
producirán actos de discriminación destructivos para la sociedad.
e) Contexto
espiritual. Ninguna sociedad en la que se practique el trabajo social
carece de valores. Es esencial para la práctica humana y el trabajo social que
se preste atención al espíritu, los valores, las creencias, la ética y las
esperanzas e ideales de aquellos con quienes trabajan los trabajadores sociales
y, al mismo tiempo, a los valores de los propios trabajadores sociales.
18. El análisis de esos cinco contextos refuerza la
vinculación y la coherencia esenciales de los esfuerzos (grandes o pequeños,
mundiales o locales) de los trabajadores sociales, así como la solidaridad y la
energía de los que hacen causa común para la promoción de los derechos humanos.
El prestar atención a los contextos geográfico, político, socioeconómico,
cultural y espiritual imparte una dirección consciente a los esfuerzos y a la
práctica del trabajo social y pone de manifiesto sus aspectos relativos a los
derechos humanos.
E. El trabajo social y los derechos humanos
19. La forma en que la profesión se centra en las
necesidades humanas determina su convicción de que la índole fundamental de
esas necesidades exige que se satisfagan, y no por decisión personal, sino como
un imperativo de justicia básica. Por ello, el trabajo social avanza hacia la
consideración de los derechos humanos como el otro principio de organización de
su práctica profesional. La transición de la orientación hacia las necesidades
a la afirmación de los derechos se ha hecho imprescindible porque es preciso
satisfacer las necesidades sustantivas tangibles. Una necesidad sustantiva
puede traducirse en un derecho positivo equivalente y el goce de ese derecho es
algo que se espera faciliten el Estado y entidades más allá del Estado.
20. De ello se desprende que la búsqueda y la
realización de los derechos y las facultades positivos es inseparable de la satisfacción
de las necesidades. Al actuar dentro de sistemas políticos diferentes, los
trabajadores sociales sostienen y defienden los derechos de sus clientes
individuales o colectivos, a la vez que tratan de satisfacer sus necesidades.
Lo hacen a menudo al servicio de organismos oficiales y reconocidos y su
posición como mandatarios del Estado, o como empleados de instituciones u
organismos poderosos, ha puesto a muchos en situación precaria. La necesidad
del profesional de ser un empleado fiel ha tenido que coexistir con su
obligación de servir al consumidor de sus servicios. Conforme al código
deontológico profesional y con las declaraciones sobre sus funciones de las
escuelas de servicio social, el servicio a las personas es la consideración
suprema.
21. El trabajo social se ocupa de la protección de
las diferencias individuales y entre grupos. A menudo tiene que mediar entre
particulares y el Estado u otras autoridades, defender causas determinadas y
brindar protección cuando la acción estatal en pro del bien común amenaza los
derechos y libertades de personas o grupos determinados (por ejemplo, en casos
de separación de niños de sus familias; denegación de asistencia; internamiento
en instituciones para personas de edad o discapacitadas; o conflictos de
vivienda que dejan a gente sin hogar).
22. Como profesión mediadora, el trabajo social
exige tener presentes sus valores y poseer una sólida base de conocimientos,
sobre todo en la esfera de los derechos humanos, para orientarse en muchas
situaciones profesionales conflictivas. Aunque con su labor los trabajadores
sociales pueden reforzar los derechos de sus clientes, los errores de juicio
pueden llevarlos a poner en peligro esos derechos. La visión de su trabajo
desde una perspectiva global de derechos humanos ayuda a la profesión, al darle
un sentido de unidad y solidaridad sin perder de vista las perspectivas,
condiciones y necesidades locales que constituyen el marco en el que actúan los
trabajadores sociales.
23. Son muchísimos los profesionales, profesores y
trabajadores sobre el terreno que tienen conciencia de que sus preocupaciones
guardan estrecha relación con el respeto de los derechos humanos. Aceptan la
premisa de que los derechos humanos y las libertades fundamentales son
indivisibles y de que es imposible la plena realización de los derechos civiles
y políticos si no se disfrutan los derechos económicos, sociales y culturales.
Creen que el logro de un progreso duradero en la aplicación de los derechos
humanos depende de políticas nacionales e internacionales eficaces de
desarrollo económico y social. Su conocimiento directo de las condiciones de
los sectores vulnerables de la sociedad hace que los profesores y profesionales
del trabajo social sean útiles en la formulación de políticas sociales.
24. Los derechos humanos son inseparables de la
teoría, los valores, la ética y la práctica del trabajo social. Hay que
defender y fomentar los derechos que responden a las necesidades humanas; y
esos derechos encarnan la justificación y la motivación de la práctica del
trabajo social. Por consiguiente, la defensa de esos derechos debe formar parte
integrante del trabajo social, aunque en los países que viven bajo regímenes
autoritarios esa defensa puede tener graves consecuencias para los trabajadores
sociales profesionales.
F. Contexto
25. Los derechos humanos y el trabajo social tienen
que considerarse en el contexto de las condiciones con las que se enfrentan la
mayoría de los habitantes de la Tierra a finales del siglo XX. Se estima que,
sólo en el último decenio, fue mayor el número de seres humanos que perdieron
la vida como consecuencia de privaciones económicas y sociales que el de
muertos en la segunda guerra mundial.
26. Innumerables personas han sido asesinadas o
torturadas, o han desaparecido, en un mundo sometido a la dominación y la
opresión. Los sistemas y estructuras explotadores y opresivos dan lugar a
dictaduras y regímenes autoritarios, bajo los cuales millones de personas son
víctimas de violaciones de sus derechos humanos como precio de su lucha por la
libertad y la supervivencia.
27. Cada año en los países en desarrollo mueren
12,9 millones de niños antes de cumplir los 5 años y, en muchos de esos países,
casi la mitad de los adultos son analfabetos / Según cifras reveladas por la
Organización Mundial de la Salud, sólo en los países en desarrollo hay más de
1.000 millones de personas sin vivienda adecuada y 100 millones que viven en
condiciones que los clasifican como personas sin hogar /. En todo el mundo se
estima que hay 17,5 millones de refugiados y más de 25 millones de personas
desplazadas en su propio país debido a conflictos internos, hambre u
otros desastres. Cerca del 80% de los refugiados
son mujeres y niños y, en algunos países, las mujeres y los niños integran el
90% de los refugiados /.
28. Las mujeres ocupan las primeras filas en las
estadísticas de la pobreza y las privaciones. Dos tercios de los analfabetos
del mundo son mujeres /. Las tasas de mortalidad materna son altas en casi
todos los países en desarrollo: una mujer africana, por ejemplo, tiene una
posibilidad entre 20 de morir de parto; una mujer asiática, una posibilidad
entre 54; una mujer sudamericana, una probabilidad entre 73. En cambio, una
mujer norteamericana tiene una posibilidad entre más de 10.000 /.
29. Si bien desde que terminó la guerra fría se han
observado algunas muestras de adelanto, en general la crisis no ha disminuido y
en algunas partes del mundo hasta se ha agravado. Casi un tercio del total de
la población en los países en desarrollo, 1.300 millones de personas, vive en
absoluta pobreza y casi 10.000 millones son analfabetos /. El gasto militar
representa alrededor del 15% del producto nacional bruto de los países
industrializados y de los países en desarrollo. Sin embargo, mientras que el
gasto militar de los países industrializados representa la mitad del gasto
global en salud y educación, estas dos cifras son aproximadamente iguales en
los países en desarrollo /. En 1993, los países en desarrollo deben dedicar el
20% de sus ingresos de exportación al servicio de la deuda. Cada año, hay que
pagar 143.000 millones de dólares de capital e intereses /. Incluso los
reembolsos parciales que efectúan los países más pobres ponen en peligro su
desarrollo social y económico y causan enormes penalidades a los segmentos
menos favorecidos de su población. Según estimaciones del Banco Mundial, la
abrumadora carga de la deuda de los países en desarrollo (incluidas las deudas
de Europa oriental), que ascendía a 1,3 billones de dólares /, probablemente
siga aumentando.
30. Los programas de ayuda bilateral y multilateral
sirven para aliviar algunas de las terribles consecuencias de la recesión
mundial para los países de bajos ingresos. No obstante, el Banco mundial
predice un recorte de la ayuda en términos reales en el decenio de 1990 /.
Desde el punto de vista positivo, el Banco señala la evolución de los aspectos
que tienen en cuenta los donantes, entre ellos la protección del medio
ambiente, una gestión económica eficiente, una reducción del gasto militar y la
observancia de los derechos humanos y el imperio de la ley /. Asimismo es un
buen augurio que el total de los gastos militares haya disminuido en unos
240.000 millones de dólares desde 1987 y que, según se prevé, para 1998 las
industrias de defensa habrán reducido su fuerza de trabajo en un 25% /.
31. Es probable que los datos y las cifras citados
sigan siendo válidos varios años. Sin embargo, las actitudes están cambiando.
Por último, la esperanza de una mejora reside en los instrumentos de derechos
humanos y en su aplicación, así como en una conciencia y una solidaridad
internacionales cada vez mayores. Los trabajadores sociales tienen una función
que desempeñar reforzando esa solidaridad y haciendo que los principios
consagrados en los textos de los instrumentos de derechos humanos se vayan
reflejando gradualmente a los de la realidad, con
lo cual se abrirá el camino hacia un mundo en el que se satisfagan las
necesidades más urgentes y legítimas de la población.
II. EVOLUCION HISTORICA Y VALORES FILOSOFICOS
A. Evolución conceptual de los derechos humanos
32. Con frecuencia se hace remontar la evolución
histórica del concepto actual de los derechos humanos al siglo XVIII que
culminó con la Declaración de la Independencia de los Estados Unidos y la
Declaración de Derechos del Hombre francesa. Sin embargo, es importante
reconocer que muchos de los elementos esenciales de los derechos humanos se
encontraban y aplicaban en las culturas y las sociedades occidentales y no
occidentales en la antigüedad. Lo que aportó el siglo XVIII fue una
conceptualización de los derechos humanos basada en los derechos individuales a
la vida y la libertad. Esa conceptualización surgió de bases y tradiciones
heredados de las grandes civilizaciones del pasado.
33. El desarrollo de los derechos humanos ha sido
evolutivo. A la preocupación por los derechos civiles y políticos, que fue el
acicate inicial para la conceptualización de los derechos humanos en el siglo
XVIII, se sumó paulatinamente una exigencia de derechos económicos, sociales y
culturales. Hoy día se reconoce cada vez más una tercera generación de
derechos, como legítima aspiración universal de la humanidad: los derechos a la
paz, el desarrollo y un medio ambiente no contaminado, protegido contra la
destrucción.
34. Los derechos económicos, sociales y culturales
han progresado con más lentitud que los derechos civiles y políticos. La
ampliación de la participación en las estructuras democráticas mediante el
sufragio, primero a los miembros de las clases media y trabajadora y después a
las mujeres, se consideró la expresión de derechos que hoy se llamarían
"civiles y políticos". Las consecuencias de la Revolución Industrial
-urbanización, explotación de la mano de obra, especialmente del trabajo
infantil, y la enorme pobreza de las clases trabajadoras- fueron las que
primero llamaron la atención de los reformadores sociales.
35. Inicialmente, esa respuesta estuvo influida por
la filantropía y la caridad individual. Después fue surgiendo un cierto
reconocimiento de la responsabilidad colectiva por los males sociales, en forma
de pagos de transferencia al evolucionar los sistemas de seguros. Sin embargo,
aunque en la evolución legislativa de Europa occidental a fines del siglo XIX
pueden verse los primeros indicios de una responsabilidad colectiva, al mismo
tiempo esa Europa iba extendiendo su dominación colonial sobre las Indias
Occidentales, Asia y Africa. Las repercusiones del colonialismo están bien
documentadas. La subordinación de pueblos y países produjo la destrucción de
sistemas y estructuras sociales. Se trastornaron las relaciones sociales de las
sociedades tradicionales y las Potencias dominantes dejaron de lado los
derechos humanos de comunidades enteras.
36. Cuando los activistas sociales reconocieron la
insuficiencia de la respuesta individual a un problema colectivo, se desarrolló
un concepto organizado de bienestar social. Los trabajadores sociales
comenzaron a unirse, compartir ideas y experiencias, desarrollar su profesión y
dar una respuesta colectiva a los problemas con que tropezaban. Paralelamente,
la primera guerra mundial y sus secuelas centraron la atención mundial en la
interdependencia de la humanidad. Había un deseo mutuo de condenar la guerra y
de establecer un marco institucional para la cooperación internacional.
37. La creación de la Sociedad de las Naciones y la
Organización Internacional del Trabajo, y el nacimiento de organizaciones de
asistencia social, como la Conferencia Internacional de Acción Social, el
Comité Internacional de Escuelas de Servicio Social y la Secretaría
Internacional Permanente de Trabajadores Sociales en el decenio de 1920, fueron
pruebas de ese nuevo estilo de colaboración internacional, regional y nacional.
Las organizaciones de trabajo social centraron su atención en el reconocimiento
de la profesión y de su base de valores en los distintos países. Aunque los
derechos humanos apuntalaron la base de valores del trabajo social y
encontraron cada vez más su expresión oficial en códigos deontológicos
aprobados por las asociaciones profesionales nacionales, no existía un sistema
de enseñanza oficial de las cuestiones de derechos humanos.
38. Irónicamente, fue otro conflicto mundial -la
segunda guerra mundial- lo que sirvió de estímulo para la gran etapa siguiente
de adelanto de los derechos humanos. La segunda guerra mundial llevó a los
países de todo el mundo a adoptar un nuevo marco de cooperación internacional.
Se reconoció que las normas de conducta internacional tenían que expresarse
como derechos. La Declaración Universal de Derechos Humanos viene apoyando el
progreso y el desarrollo desde 1948. Por último, el nacionalismo extremado del
siglo XIX cedió el paso a una conciencia más universal, gracias a la cual, la
comunidad internacional no se quedaría impávida cuando los derechos humanos se
vieran amenazados en cualquier país.
39. Esos nuevos marcos para la cooperación
internacional también tuvieron repercusiones, nacional e internacionalmente, en
las organizaciones de trabajo social. Comenzó a surgir una solidaridad mundial
en la concepción de la profesión. Las organizaciones de trabajo social
crecieron en número, ámbito y distribución geográfica en el mundo. Lentamente,
empezaron a reconocer la importancia de integrar la enseñanza de los derechos
humanos en la capacitación para el trabajo social y ese reconocimiento lleva a
la preparación de este Manual.
B. Valores filosóficos
40. Los valores señalados en esta sección del
Manual, aunque más bien a título de ejemplos exhaustivos que de lista, son
clave para la función de los trabajadores sociales y de las escuelas de
servicio social al insistir en la enseñanza de los valores en todos los niveles
de la sociedad y en la capacitación de profesionales. Esos valores apuntalan
también la dimensión de derechos humanos de la capacitación de trabajadores
sociales y de otras personas. Muchos de los problemas con que tropiezan los
trabajadores sociales a micronivel, nivel intermedio y macronivel, en
diferentes esferas proceden de una crisis de valores fundamental. Hay que
reforzar las explicaciones psicosociales o económicas de esos problemas
mediante la comprensión de una dimensión diferente y más profunda y el
conocimiento de la relación existente entre las estructuras y los procesos
psíquicos, socioeconómicos y de valores.
1. La vida
41. El valor de la vida es un requisito sine qua
non de todo el trabajo relacionado con los derechos humanos. La valía de la
vida, de la existencia humana y no humana, es la fuente de todos los demás
ideales y valores. Ello no implica sólo oponerse a la negación de la vida, sino
también aspectos positivos y afirmativos. Siempre que sea posible, la profesión
no sólo tiene que oponerse a las violaciones de los derechos humanos, sino
apoyar activamente todas las actividades que fomentan y sustentan la vida. Es
la forma de que la existencia humana alcance su plenitud. La vida está
intrínsecamente intervinculada y es interdependiente en todas sus partes y sus
formas, humanas y no humanas. El trastorno de cualquiera de sus aspectos afecta
a la trama social o los vínculos de la vida, con lo cual atenta contra la
humanidad. El valor de la vida implica que el sufrimiento y la muerte no son
sólo fenómenos individuales, sino que afectan a los demás, lo mismo que la
alegría, la felicidad y la existencia misma.
42. La salud física es un aspecto importante del
valor y la calidad de la vida. El deterioro del medio ambiente, la crisis del
agua, comprendida la contaminación, y la inexistencia o la reducción de los
programas de salud son algunos de los principales factores que atentan contra
la vida.
43. En muchos países, los trabajadores sociales
tienen que trabajar con clientes afectados por esos factores. También se
enfrentan con graves dilemas en relación con cuestiones como la contracepción,
el aborto, o la forma en que sus clientes afrontan una enfermedad mortal. El
valor y la calidad de la vida estarán entre las consideraciones que pueden
ayudarlos en sus actividades de asesoramiento y ayuda.
2. La libertad en sus diversos aspectos
44. El principio de que "todos los seres
humanos nacen libres" se recoge en los dos primeros artículos de la
Declaración Universal de Derechos Humanos. Las libertades fundamentales se
establecen en los 19 artículos siguientes -el derecho a la libertad; a no estar
sometido a esclavitud ni a servidumbre; a no ser sometido a torturas ni a penas
o tratos crueles, inhumanos o degradantes; a no poder ser arbitrariamente
detenido, preso ni desterrado; a no ser objeto de injerencias arbitrarias en su
vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia, y el derecho a
circular libremente y a elegir la residencia.
45. El haber nacido libre y tener derecho a la
libertad presupone que cada ser humano es libre de elegir su forma de vida. No
obstante, a menudo obstáculos materiales y de otra índole limitan el disfrute
de esa libertad. La libertad queda restringida asimismo por el principio de no
se violen la libertad de los demás. Sin embargo, la libertad, después de la
vida misma, está considerada como el valor humano más preciado, estrechamente vinculado
a la dignidad humana y a la valía de la vida humana. La consecución de la
libertad en sus diversos aspectos ha inducido a muchos pueblos a tratar de
liberarse de la dominación territorial o geográfica. La búsqueda de la libertad
espiritual e intelectual ha inducido a actos heroicos de resistencia. En el
plano personal, el liberarse de las emociones propias puede producir paz y
armonía. A menudo los trabajadores sociales están en la vanguardia de la lucha
por la libertad. En las partes del mundo en que la libertad no existe, pagan un
elevado precio de represión en la lucha por sus ideales.
3. La igualdad y la no discriminación
46. El principio fundamental de la igualdad de
todos los seres humanos se enuncia en el artículo 1 de la Declaración Universal
de Derechos Humanos. Sin embargo, ese principio se aplica imperfectamente en la
vida diaria, sobre todo en los múltiples aspectos de las relaciones
interpersonales. Para los trabajadores sociales es un concepto decisivo en sus
actitudes personales y profesionales. Es también la piedra angular del
importantísimo principio de la justicia, que requiere una seria consideración
de la igualdad y la desigualdad justas e injustas, basadas en factores
biológicos, necesidades psíquicas, sociales, culturales y espirituales, y en
las contribuciones individuales al bienestar de los demás.
47. Una vez aceptado el principio de la igualdad,
resulta imposible discriminar contra cualquier persona o grupo de personas. De
hecho, la no discriminación se basa en los principios gemelos de la igualdad y
la dignidad. Supone también la totalidad del ser humano, ya que la
discriminación define a una persona por aspectos concretos, sean de sexo, raza,
color, religión o de otra índole. La discriminación puede reducir a un ser
humano a una función, una cualidad o una opinión, de modo que no se percibe ya
a la persona en su diversidad y totalidad singulares.
48. Cabe decir que la discriminación es la negación
de los derechos fundamentales y universalmente aceptados de todos los seres
humanos a personas o grupos de personas a los que se excluye. La discriminación
adopta formas diversas. Los motivos de discriminación establecidos en todos los
instrumentos internacionales pertinentes, "sin distinción alguna de raza,
color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole,
origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra
condición", no son exhaustivos. En un mundo en evolución aparecen
constantemente nuevos motivos de discriminación (por ejemplo, la preferencia
sexual, la infección con el VIH/SIDA), al mismo tiempo que se reconocen otras
libertades, se suscitan problemas, y las innovaciones tecnológicas y de otra
tipo introducen cambios en los estilos de vida y las formas tradicionales de
trabajo. El principio de la resistencia a esos nuevos motivos de discriminación
significa que los trabajadores sociales tienen que estar continuamente al tanto
de sus propias creencias, actitudes y motivaciones.
4. La justicia
49. Hay que tener en cuenta diversos aspectos de la
justicia: aspectos jurídicos, judiciales, sociales, económicos y otros que son
el fundamento de una sociedad que defiende la dignidad de sus miembros y
garantiza la seguridad y la integridad de las personas. En sus instrumentos
internacionales, las Naciones Unidas han aportado principios valiosos y
compromisos vinculantes contra la privación arbitraria de la libertad y la
injerencia en la vida privada, entre otras cosas, y para la protección de la
ley. En los casos de infracción de la ley, hay que garantizar a las personas un
juicio sin demora y con las debidas garantías, por una autoridad judicial
objetiva. Si son declaradas culpables, tienen derecho a un trato humano, cuya
finalidad sea la reforma y la readaptación social del individuo. En todos los
instrumentos internacionales, se subraya la importancia de un poder judicial
independiente.
50. Los trabajadores sociales promueven esos
principios desde hace tiempo y tienen conciencia de que un Estado respetuoso de
las leyes es el que mejor defiende los derechos humanos. La imparcialidad en la
administración de justicia es un medio importante de salvaguardar los derechos
de los miembros vulnerables de la sociedad que constituyen la mayoría de los
clientes del trabajo social.
51. Pero la búsqueda de la justicia también tiene
repercusiones más amplias y menos fáciles de codificar. La justicia social
comprende la satisfacción de las necesidades humanas básicas y la distribución
equitativa de los recursos materiales. Se orienta al acceso universal a los
servicios fundamentales en las esferas de la salud y la educación, la igualdad
de oportunidades desde el principio, la protección de las personas o los grupos
desfavorecidos, y una cierta moderación en las esferas de la retribución, el
consumo y los beneficios.
52. Los reformadores sociales -entre ellos, los
trabajadores sociales- que comparten el deseo de que haya más justicia,
consideran la justicia y la justicia social como la principal defensa contra la
opresión en todas sus formas y como la base para una forma de desarrollo humano
más equitativa.
5. La solidaridad
53. La solidaridad es otro valor intrínseco
fundamental que no implica sólo la comprensión del dolor y los sufrimientos de
la humanidad y la empatía por ellos, sino también la identificación con quienes
sufren y la defensa de su causa. De los trabajadores sociales no se espera sólo
que estén al lado de los que luchan, sino que expresen también su solidaridad
con palabras y hechos frente a cualquier forma de negación de los derechos políticos,
civiles, sociales, económicos, culturales o espirituales de las personas. La
solidaridad puede ir más allá de los individuos y extenderse a familias,
grupos, comunidades, poblaciones y grupos raciales o étnicos enteros. Los
trabajadores sociales profesionales deben solidarizarse con las víctimas de
violencias, torturas, expulsiones o recortes de libertades, en todo el mundo.
54. De igual modo, la solidaridad puede
manifestarse en los desastres naturales y es esencial en muchas tragedias
surgidas de la necesidad, la injusta distribución de los recursos, el abandono
social y la injusticia. La pobreza, el hambre, la falta de un hogar y la
negación de los medios de subsistencia son, quizá, algunas de las violaciones
más graves de derechos humanos, aunque no se las reconozca siempre como tales.
La solidaridad resulta tanto más necesaria en esas condiciones aparentemente
menos espectaculares, en las que los sufrimientos son igual de intensos pero,
pese a afectar a muchos, están ocultos y pasan inadvertidos. En resumidas
cuentas, la firme actitud de los trabajadores sociales y de muchos otros al
lado de los que padecen y de los que son víctimas de violaciones de derechos
humanos es lo que puede representar la diferencia, al reforzar la resolución de
los que padecen y mitigar su aislamiento.
6. La responsabilidad social
55. La responsabilidad social es la acción
emprendida en pro de quienes sufren y de las víctimas: defenderlos, abrazar su
causa y ayudarlos. Por ello, podría decirse que la responsabilidad social es el
corolario práctico de la solidaridad. Casi todas las tradiciones religiosas y
filosóficas han sostenido que las buenas intenciones y las buenas palabras
tienen que ir acompañadas de buenas obras. Casi todas las religiones dicen a
sus fieles que los "privilegiados" tienen obligaciones para con los
desfavorecidos. El término "privilegio" no implica riqueza, sino que
es relativo y puede entenderse que denota una situación particular más
afortunada que la de los desfavorecidos. La expresión "responsabilidad
social" encierra también el concepto de "ser depositarios", en
el sentido de que todo lo que tenemos se nos ha confiado para que lo
compartamos con otros y lo utilicemos a su servicio. El concepto de "ser
depositario" va más allá de la distribución de la riqueza y significa
utilizar y dedicar el talento intelectual y la capacidad potencial de cada uno
al logro del progreso de la humanidad. El principio de la responsabilidad
social es decisivo para una profesión como la del trabajo social, porque servir
a los pobres y necesitados y dedicarse a ellos son su razón de ser.
7. Evolución, paz y no violencia
56. Los valores y los principios mencionados hasta
ahora no son sólo valores esenciales en los que se basa el concepto de los
derechos humanos, sino también factores determinantes de la calidad de las
relaciones interpersonales. La paz, como valor bien determinado y no
simplemente como ausencia de conflicto organizado, es un valor más. Debe ser
buscada y alimentada, con el objetivo final de lograr la armonía consigo mismo,
con los demás y con el medio ambiente.
57. Los conflictos en las relaciones humanas son
inevitables, pero las formas de resolverlos pueden ser pacíficas o violentas,
constructivas o destructivas. El revolucionario "destruirlo todo para
edificar de nuevo" ha fascinado a mucha gente desde hace siglos,
invariablemente a costa de sufrimientos humanos impuestos e indecibles. El
método evolutivo es más lento y, a menudo, menos rentable inmediatamente, pero
en definitiva más duradero y, por consiguiente, más eficaz. Es un método que a
menudo eligen los trabajadores sociales para resolver conflictos
interpersonales e intergrupales. No se evitan los enfrentamientos ni la
resistencia en la búsqueda de la libertad, la justicia y la justicia social; lo
que se evita es la violencia.
58. La Historia ha demostrado una vez tras otra que
la violencia y el derramamiento de sangre producen resultados de corta duración
y allanan el camino a nuevas revoluciones para derrocar a los grupos que se han
hecho con el poder, que son los oprimidos de ayer. El odio engendra odio y la
venganza engendra venganza. Una firme resistencia o una presión no violenta, en
cambio, puede obtener resultados más duraderos.
59. Aunque el mundo no está dispuesto a abandonar
el uso de las armas e indudablemente existen causas justas para las
revoluciones, debe reconocerse que el arbitraje y la conciliación son
instrumentos eficaces para superar diferencias en apariencia irreconciliables,
siempre que se apliquen con coherencia, respeto, comprensión y conocimiento de
causa.
60. La evolución pacífica sigue siendo el objetivo
del esfuerzo humano para alcanzar la libertad, la justicia y la justicia
social, en un mundo en el que los conflictos pueden resolverse por medios no
violentos.
8. Relaciones entre la humanidad y la naturaleza
61. El respeto por otras especies y la búsqueda de
la armonía con la naturaleza están empezando a impregnar la conciencia humana
en vísperas del siglo XXI.
62. La degradación ambiental es demasiado evidente
para no hacer caso de ella. Se reconoce que el orden económico mundial, unos
modelos de desarrollo defectuosos, la desigualdad con respecto a todos los
recursos, la contaminación nuclear, industrial y de otra índole, y las pautas
de consumo de los países industrializados y de los países en desarrollo son las
causas de la difícil situación de la Tierra. Un consumismo excesivo y una
pobreza extrema ponen en peligro a la naturaleza y a los grupos vulnerables por
culpa de la codicia, la falta de información y la necesidad de sobrevivir.
63. Hay que complementar las políticas generales
encaminadas a detener y, cuando sea posible, reparar los daños causados al
medio ambiente con programas generales de educación ambiental, tanto oficiales
como oficiosos, así como campañas de defensa. Los trabajadores sociales tienen
una importante función que desempeñar en ese proceso al enlazar con otros
grupos y tienen que adquirir conciencia de ese importantísimo desafío para la
humanidad y su hábitat.
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